Abogados Acoso Sexual en Granada
Servicio de defensa en delitos contra la libertad sexual
En un procedimiento por delito sexual el episodio nunca llega solo al juzgado. Llega rodeado de mensajes, cronologías, relación previa entre las partes, comportamientos posteriores y, casi siempre, un peritaje psicológico de credibilidad. Ese conjunto es el que sostiene la calificación o la desmonta.
Asumimos la defensa y la representación de nuestros clientes en todos los frentes que abre un procedimiento por delito sexual, desde la primera declaración hasta la responsabilidad civil cuando procede.


Una calificación que se construye sobre indicios
El trabajo de un abogado de delitos sexuales
En estos casos rara vez existe prueba directa más allá de las declaraciones de las partes. La calificación se sostiene, o se cae, sobre la prueba periférica: mensajes anteriores y posteriores al episodio, cronología detallada, presencia de terceros en el entorno, registros médicos, peritaje psicológico de credibilidad y comportamientos verificables de cada parte en los días, semanas o meses que rodean el hecho.
Nuestro primer trabajo es ordenar todo ese material. Cuando el conjunto está bien armado, el juzgado lee el caso entero y no un fragmento aislado.
Acuda a un despacho con foco en delitos contra la libertad sexual

Cada figura del derecho penal sexual (acoso, abuso, agresión, exhibicionismo, descubrimiento de la intimidad) activa su propio tipo, su propia exigencia probatoria y su propia escala de pena. La calificación con la que entra la causa al juzgado, el trabajo que se hace sobre la prueba indiciaria y el cuidado de la privacidad de quienes intervienen marcan la diferencia entre un procedimiento controlado y uno que descontrola la vida personal y profesional.
Especialistas en derecho penal
Contamos con un equipo de abogados altamente cualificados y expertos en derecho penal.

Penal económico y responsabilidad civil derivada del delito. Más de una década ejerciendo defensa penal.

Experiencia en procedimientos de gran calibre como estafas, apropiación indebida, blanqueo, tráfico de drogas…

Defensa penal con foco en el análisis exhaustivo del procedimiento.

Defensa penal de particulares y empresas. Enfoque metódico desde la primera conversación.
Cómo gestionamos una defensa por delito sexual
El proceso es el mismo llegue el caso como llegue: citación, detención o llamada a las 3 de la mañana.
Cuatro pasos en el orden correcto. Sin improvisar en ninguno de ellos.
Acompañamiento desde el comienzo
La primera declaración pesa toda la causa. Acompañamos a nuestros clientes desde ese momento, ya sea para asistirles en sede policial o judicial, ya sea para preparar la denuncia con el material que existe en su poder. Lo que se dice en las primeras horas, sin asesoramiento, condiciona después meses de procedimiento.
Reconstrucción del contexto
Con el episodio fijado, abrimos el trabajo sobre el contexto: mensajes, llamadas, capturas, agendas, geolocalización cuando existe, testigos indirectos del entorno, registros médicos. Ese material se ordena cronológicamente y por capas: lo previo, lo simultáneo, lo posterior. De ese cuadro sale la calificación que realmente se sostiene, no la que llegó por defecto en la denuncia.
Trabajo con peritaje psicológico
En la mayoría de los procedimientos por delito sexual termina entrando un peritaje psicológico de credibilidad. Cuando el caso lo justifica, encargamos pericial propia que dialogue técnicamente con la oficial: análisis del relato, factores de credibilidad y contextualización clínica de la respuesta emocional. Una pericial bien planteada puede pesar más en sala que cualquier alegato.
Vista oral y protección de la privacidad
En el juicio sostenemos la calificación con el material asentado durante la instrucción. En paralelo trabajamos las medidas que protegen la vida privada de quien defendemos: celebración a puerta cerrada cuando procede, anonimización de la causa, restricciones a la difusión del contenido del expediente y reclamaciones cuando se produce filtración. Cuando representamos a quien ha sufrido el perjuicio, el seguimiento continúa con la ejecución de la indemnización y, si procede, las medidas de alejamiento o protección.
Áreas de especialización
Otros asuntos que podemos resolver para usted
Estos son los frentes en los que asumimos defensa y acusación particular.
Respondemos sus preguntas
La incertidumbre es el primer enemigo a batir. Anticipamos las preguntas y respuestas críticas sobre el proceso, la confidencialidad y la metodología del despacho.
Sí, y el trabajo empieza por entender qué se ha declarado exactamente, en qué momento, con qué consistencia y rodeado de qué prueba periférica. La declaración por sí sola no basta: la jurisprudencia exige valorarla con criterios de persistencia en la incriminación, ausencia de incredibilidad subjetiva y corroboración con elementos externos. Si alguno de los tres falla, la condena se sostiene mucho peor.
La defensa se construye asegurando mensajes, agenda, testigos del entorno, antecedentes de la relación y cualquier registro que matice o contradiga el relato. Una defensa que reconstruye el contexto cambia entera la lectura del juzgado.
Empiece por preservar lo que ya existe: mensajes en cualquier canal, correos, capturas con fecha y hora, audios o vídeos si los tiene, testigos del entorno laboral que puedan confirmar conductas concretas, registros médicos o psicológicos si ha buscado ayuda. La continuidad y el patrón pesan más que un episodio aislado: lo determinante es poder demostrar una conducta sostenida en el tiempo, no un hecho puntual.
En paralelo, cabe activar el protocolo interno de la empresa, dejar constancia escrita ante recursos humanos y, si la situación lo justifica, una denuncia ante la Inspección de Trabajo. Esos pasos no excluyen la vía penal: la complementan, y cuando llega la denuncia, llega con un expediente sólido detrás.
Son figuras distintas del Código Penal, con elementos distintos y penas distintas. El acoso sexual exige una solicitud de contenido sexual no deseada en un contexto laboral, docente o de prestación de servicios, con prevalimiento de superioridad. Las conductas sexuales sin consentimiento se encuadran en agresión sexual desde la reforma de 2022, con tramos según haya o no violencia, intimidación o aprovechamiento de incapacidad para consentir.
La calificación correcta no es un detalle técnico: marca la pena, las medidas cautelares aplicables y el conjunto de prueba que el Fiscal y el juzgado van a exigir. Confirmar, o rebatir, la figura con la que llega la causa es uno de los primeros trabajos del despacho.
Depende de la figura concreta y de la edad de quien sufrió el delito en el momento de los hechos. La prescripción se cuenta desde la fecha de comisión, salvo en delitos sexuales contra menores: en ese caso la prescripción no empieza a correr hasta que la víctima cumple 35 años, según la reforma vigente. Para hechos contra personas adultas, los plazos varían según la pena aplicable a cada figura, desde cinco hasta veinte años en los casos más graves.
En la primera consulta cruzamos las fechas con el Código Penal vigente en el momento del hecho y con sus reformas posteriores. El cálculo de prescripción en delitos sexuales tiene matices técnicos que conviene confirmar antes de presentar nada.
El procedimiento penal es por defecto público, pero la ley contempla protecciones específicas en delitos sexuales. Se puede pedir la celebración del juicio a puerta cerrada, la anonimización de la causa frente al exterior, restricciones a la difusión de declaraciones e imágenes y medidas para evitar el contacto visual entre las partes durante la vista. Estas peticiones se motivan ante el juzgado y se aplican con normalidad cuando lo justifica la naturaleza del caso.
En paralelo, trabajamos la protección frente a filtraciones del expediente y frente a difusión de información sensible en redes o medios. Cuando una causa por delito sexual se hace ruidosa fuera del juzgado, dentro de él se hace más complicada. Eso lo prevenimos desde el primer escrito.




